10 d’agost del 2007

ITE-121. Educación para la Ciudadanía

Mn. Miquel


Es una ley polémica que tendrá su aplicación de forma obligatoria para los centros de enseñanza a partir del próximo mes de septiembre, a partir de los 10 años hasta los 18.
De hecho, esta nueva asignatura, más allá de una explicación de los valores constitucionales y de convivencia democrática, como se presenta, pretende formar la conciencia moral de los jóvenes, fundándose en una nueva ética basada sólo en principios humanos, en los derechos universales del hombre, excluyendo toda manifestación de lo trascendente. Nunca se cita la palabra Dios y tampoco concepto alguno sobre los valores espirituales. Según esta nueva asignatura, el hombre debe ser educado sólo para la convivencia humana, sin ningún contenido que vaya más allá. Por tanto, es una formación laicista, que excluye todo sentido religioso de la vida.
Como los derechos humanos y los valores democráticos se consideran conquistas históricas inacabadas, sujetas por tanto a evolución, el joven y el ciudadano formado de esta manera tendría una ética cambiante según las circunstancias y lo que determine el poder político del momento.
Así como la enseñanza católica y la verdadera moral se basan en el Derecho Natural y en la Ley Divina, esta nueva ética se basa en conceptos laicistas y relativistas.
De ahí viene la reacción de la Iglesia y de tantos obispos que hacen oír su voz en contra e instan a los colegios católicos a no impartirla y a las asociaciones de padres católicos a rechazarla por medio de la objeción de conciencia, cosa por otro lado conflictiva, por los problemas que pueda acarrear esta situación de rebeldía y conflicto.
Lo que es evidente es que la autoridad pública, el Estado, no puede imponer obligatoriamente a los jóvenes una determinada educación laicista y relativista tanto en el orden moral como en el sexual, pues considera la desigualdad de los sexos como una discriminación y así ofrece diversas alternativas y orientaciones afectivo-sexuales, pues uno no es hombre o mujer por naturaleza sino por elección del género, y ello depende de uno mismo.
Los padres tienen el derecho y el deber inalienable de educar y formar a sus hijos de acuerdo con sus principios y su conciencia. Es un derecho reconocido universalmente y también la Constitución española, en sus artículos 16.1 y 27.3 les reconoce poder elegir la formación moral y religiosa de sus hijos.
La religión católica no se impone a los estudiantes en ningún centro escolar. Se les propone y ellos deben aceptarlo; en caso contrario, estudian otra materia. Además, según estadísticas recientes, un 80% de los padres quieren que sus hijos cursen educación religiosa.